La prueba del tamiz metabólico es gratuita en los Servicios de Salud.
13 de Noviembre de 2020, San L​​uis Potosí, S.L.P.​​​​​​​​

  • Entre el tercer y quinto día de vida debe ser aplicada al recién nacido.
  • ​​A través de éste se detectan seis enfermedades metabólicas como el hipotiroidismo congénito, la hiperplasia suprarrenal, la fenilcetonuria, la galactosemia, la fibrosis quística y la deficiencia de glucosa 6 fosfato deshidrogenasa.
 
“La prueba de Tamiz Metabólico Neonatal es un estudio que debe realizarse a todos los recién nacidos entre el tercer y quinto día de vida. Su objetivo es identificar tempranamente enfermedades metabólicas y de esta forma otorgar un tratamiento oportuno y prevenir un daño grave e irreversible a su salud o incluso poner en peligro su vida”, señaló la licenciada en enfermería Pamela C. Roque Rodríguez, Responsable Estatal de Tamiz Neonatal de los Servicios de Salud del Estado.
 
Al hablar del procedimiento para la toma de tamiz, especificó que consiste en analizar cinco gotas de sangre, las cuales son extraídas por medio de una pequeña punción en el talón del recién nacido:
“Es una prueba sencilla y totalmente segura para el bebé que permite en la actualidad la detección de seis enfermedades metabólicas como son: Hipotiroidismo Congénito, Hiperplasia Suprarrenal, Fenilcetonuria, Galactosemia, Fibrosis Quística y Deficiencia de Glucosa 6 Fosfato Deshidrogenasa”, puntualizó la especialista.
 
Así mismo informó que durante el 2019 se realizaron un total de 20 mil 574 pruebas de Tamiz Metabólico Neonatal en las unidades médicas pertenecientes a los Servicios de Salud:
“Se tuvieron 232 reportados con sospecha para alguna de las seis enfermedades antes citadas, de los cuales se lograron detectar 20 casos de Hipotiroidismo Congénito, 3 casos de Hiperplasia Suprarrenal, 2 caso de Fibrosis Quística y 34 casos de Deficiencia de Glucosa 6 Fosfato Deshidrogenasa, mismos que ya cuentan con tratamiento y seguimiento médico, durante el 2020 se han reportado 134 casos sospechosos logrando detectar 37 casos confirmados para alguna de las patologías antes mencionadas”.
 
De tal forma que lo antes mencionado va en cumplimiento a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-007-SSA2-2016 “Para la atención de la Mujer durante el Embarazo, Parto y Puerperio y de la persona Recién Nacida y de la NOM-034-SSA2-2013 “Para la Prevención y Control de los Defectos al Nacimiento”, aseveró.
 
Finalmente la enfermera Pamela C. Roque Rodríguez, Responsable Estatal de Tamiz Neonatal de los Servicios de Salud del Estado aconsejó que es importante recordar que esta prueba se realiza en todas las unidades médicas de los Servicios de Salud a la población sin derechohabiencia:
“Es un derecho que tiene el bebé al momento del nacimiento y es obligación de los padres brindarle una oportunidad de vida saludable, detectando oportunamente posibles padecimientos que pueda limitar su calidad de vida”. ​