​​​​​​​​


C​oordinación General de Medidas, Preliberaciones y Sanciones Restrictivas de la Libertad.​

​​​​


 

​ ​

​Mi​sión

Atendiendo al principio  de presunción de inocencia, aportar información de calidad a las partes mediante la  evaluación  de riesgos procesales, la supervisión de las medidas cautelares y de las condiciones de la suspensión condicional  del proceso;  así como promover la prevención del  delito  y la  reincidencia, con  el debido  seguimiento de la libertad condicionada y otros beneficios preliberacionales, siempre bajo el respeto irrestricto de los derechos  humanos.

 

Visión

Ser la autoridad relevante de evaluación y supervisión,  eficiente, eficaz, confiable  y pertinente para el seguimiento de medidas  en libertad, en conjunto  con organizaciones del sector público, privado y de la sociedad  civil, contribuyendo  al bienestar social.

​ 

Objetivo

A  través   de  sus   Unidades   y  Sub-Unidades  administrativas, la aplicación, vigilancia   y seguimiento de las  medidas cautelares y suspensión condicional del proceso contempladas en el Código  Nacional de Procedimientos Penales; y de las sanciones penales,  medidas  de seguridad y restrictivas de la  libertad,  previstas  en la  Ley Nacional  de Ejecu​​ción  Penal.

 

Funciones

  • Planear,  organizar,   dirigir   y   coordinar   de   conformidad   con   el   Código Nacional  de Procedimientos Penales,  la Ley Nacional  de Ejecución  Penal y demás  ordenamientos legales ap​licables,  las  Unidades  y Sub Unidades:  de Medidas  Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso,  y la de Sanciones Penales,  Medidas  de Seguridad y Restrictivas de la  Libertad.
  • Crear  y   dar  seguimiento  a  los   planes   y   programas  de cada Unidad, formalizando y actualizando principalmente  los  procesos  de información,  evaluación  de riesgo  y supervisión de obligaciones y condiciones.
  • Tomar las  medidas   pertinentes  para  que  cada  Unidad  y  Sub  Unidades cumplan con  las disposiciones emitidas  por el Juez de Control o por el Juez de Ejecución,  según  sea el caso.
  • Crear  y  mantener  actualizado  el  Registro   General,   estadística  y mapeo de las diversas medidas,  condiciones, prelibertades o penas no privativas de la  libertad.
  • Disponer  lo  pertinente respecto   a los  programas de reclutamiento, selección,   capacitación, evaluación,    certificación​y permanencia  del  personal  de  las  diversas  Unidades   y  Sub Unidades.
  • Practicar la capacitación y evaluación periódica del personal de las Unidades y Sub Unidades, respecto a sus conocimientos,  habilidades  y desempeño, tomando  las medidas necesarias para la mejora continua.
  • Proponer  el  Reglamento   Interno,   manuales  y  protocolos   de la Coordinación  General, Unidades y Sub Unidades.
  • Atenden atingentemente  los acuerdos  o convenios  que el Titular del Ejecutivo del Estado, celebre  con  instituciones  públicas,   privadas, estatales, federales   o  de  otras  entidades federativas y municipales, respecto a la materia.
  • Representar a las diversas Unidades ante las autoridades Federales,  Estatales o Municipales, con excepción de las actuaciones jurídico procesales propias de cada Unidad.
  • Procurar que  la  Unidades y Sub  Unidades cuenten  con infraestructura física,  mobiliario y equipo, sistemas informáticos,  electrónicos y de comunicación  adecuada a sus necesidades, así como supervisar su debido uso y mantenimiento.
  • Impulsar y suscribir convenios de colaboración entre las diversas Unidades y el sector público, privado o la sociedad civil.
  • Coordinar cuando corresponda  las reuniones o acuerdos que se celebren entre las Unidades y otras autoridades.
  • Conformar  y  administrar  el  Sistema  de  Información  de  las personas que se  encuentren liberadas bajo alguna medida cautelar, suspensión del proceso, pre liberadas o con sanciones no privativas de libertad.
  • Expedir y Certificar los documentos que obren en los archivos de la Coordinación a su cargo. 
  • Gestionar  la  adquisición  de  equipo  tecnológico  y dispositivos  necesarios que  faciliten el seguimiento   de  las   personas   sujetas  a  medidas  de seguridad   a  fin  de  garantizar   elcumplimiento de las mismas.
  • Atender las solicitudes de información en términos de la  Ley de la materia,  y
  • ​Las demás que le otorguen las disposiciones legales en la materia. Estas funciones son enunciativas  más no limitativas.​

Aviso de Privacidad​