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​​Patrimonio de la Beneficencia Pública Estatal​​​


La Beneficencia Pública es una Institución creada en el régimen del Presidente Benito Juárez García, como consecuencia de las Leyes de Reforma, específicamente con la Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiásticos de 1856 y el Decreto de Secularización de Hospitales y Establecimientos de la Beneficencia Pública en 1861.

 

Con esos memorables actos, el Gobierno de la República asumió las facultades de cuidar, dirigir y mantener los hospitales y establecimientos de beneficencia que desde la conquista se encontraban en manos de la Iglesia; encomendó su administración a la Dirección General de Fondos de Beneficencia Pública, la que se constituyó por Decreto de 2 de marzo de 1861.

 

El decreto de creación otorga a esa Dirección General amplias facultades para administrar las fincas, capitales y rentas pertenecientes a los establecimientos, así como los recursos fiscales y los provenientes de particulares destinados a propósitos de beneficencia. En 1867, un nuevo decreto transforma aquel órgano en junta, a la que denominó Dirección de Beneficencia Pública.

 

En el siglo actual el más importante fundamento jurídico de la Beneficencia Pública se encuentra en la Constitución de 1917, cuyo artículo 27, fracc. III establece la ayuda a necesitados como objeto de la institución.


Así mismo el Código Civil vigente desde 1932, en sus artículos 1602, 1636 y 1637, concede a la Beneficencia Pública facultades específicas para recibir, en ausencia de los herederos, bienes y recursos para destinarlos a los fines propios de la Institución.

 

En 1937 la entonces Secretaría de Asistencia Social era responsable, de la Administración del Patrimonio de la Institución, y por medio del acuerdo presidencial del 26 de marzo de 1947, publicado en el Diario Oficial de la Federación. El 7 de mayo del mismo año, la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia recibe la facultad para administrar el Patrimonio de la Beneficencia Pública.


Se ratifica dicha facultad a la Secretaría de Salubridad y Asistencia (luego de salud) en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal de 1976 y en todas sus modificaciones posteriores.


En todos los casos, de la historia reciente de la Administración Pública y en particular de la Secretaría de Salud, la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública ha recaído en un órgano semiautónomo, con características especiales para el adecuado desarrollo de las funciones que le son propias.

 

Así lo recoge el primer Reglamento Interno de la Secretaría de Salubridad y Asistencia de 1973 e igualmente se ratifica en los sucesivos reglamentos internos de 1977, 1978, 1981, 1983, 1984, 1985, 1988, 1988, 1997, 2000, 2001 y 2004. En todos, se han preservado las disposiciones contenidas en el Acuerdo Presidencial de 1947, en el sentido de encomendar a una unidad de facultades desconcentradas la administración de los bienes de la Beneficencia Pública, en tanto que estos no pertenecen ni pueden ser beneficios del estado.

 

El Patrimonio de la Beneficencia Pública de San Luis Potosí, se constituyó mediante decreto publicado en el periódico oficial del Estado el día 07 de octubre de 1998 y el 17 de enero de 2002, se realizó la ceremonia de instalación ante la presencia del C. Gobernador Constitucional del Estado y el Director del PBP Nacional, de ese tiempo a la fecha ha brindado apoyo a la población más vulnerable del Estado en problemas de salud.

 

Obejtivo general: Brindar ayuda económica y en especie en materia de salud a usuarios de escasos recursos procedentes del Estado de San Luis Potosí, mismos que se encuentran al margen de la seguridad social y sean atendidos en Instituciones Públicas.

 

Misión: Administrar eficaz, eficiente y transparentemente los recursos obtenidos de  diferentes fuentes de ingresos y desarrollar acciones encaminadas a incrementarlos,  para proporcionar ayuda directa a personas de escasos recursos.


Visión: Ser una Institución que atienda las necesidades de salud de la población más vulnerable del Estado, proporcionando el apoyo necesario para contribuir a la mejora en su calidad de vida.

 

Actividades:

  • Apoyar los programas a cargo de los Servicios de Salud de San Luis Potosí, de acuerdo a las disposiciones aplicables.
  • Brindar apoyo de manera directa a los usuarios con problemas de salud o discapacidad, carentes de seguridad social que sean atendidos en Instituciones Públicas.
  • Operar los 7 programas del Patrimonio de la Beneficencia Pública Federal, tales como son: “Programa Para Verte Mejor (catarata y LOI)", “Para Sentirme Mejor", “Para Comer Mejor", “Una Rodada de Vida", “Apoyos Funcionales", “Jornadas Protésicas"; Dichos programas son sujetos a aprobación Federal, así como a la firma del Convenio de Colaboración.
  • Promover y establecer los sistemas de información, seguimiento y evaluación de los programas y actividades del área para rendir los informes y reportes que requieran las áreas competentes.
  • Mantener comunicación constante con las Beneficencias Públicas y Servicios Estatales de Salud, así como el DIF Estatal y los DIF Municipales para la coordinación de acciones asistenciales concurrentes.
  • Administrar los bienes inmuebles propiedad del Patrimonio de la Beneficencia Pública.
  • Realizar las actividades operativas y de índole administrativo que aplica en esta Unidad.

 

Dirección: 5 de Mayo No. 1485, Barrio de San Miguelito, C.P. 78339, S.L.P.


Teléfono: (444) 815-0788


Correo electrónico: salud_pbp@slp.gob.mx