NOTIFICACION POR ESTRADOS ELECTRONICOS. En cumplimiento al articulo 147 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, que reza: ARTÍCULO 147. Cuando el particular presente su solicitud por medios electrónicos a través de la Plataforma Nacional, se entenderá que acepta que las notificaciones le sean efectuadas por dicho sistema, salvo que señale un medio distinto para efectos de las notificaciones. En el caso de solicitudes recibidas en otros medios, en las que los solicitantes no proporcionen un domicilio o medio para recibir la información o, en su defecto, no haya sido posible practicar la notificación, se notificará por estrados en la oficina de la Unidad de Transparencia.
Se efectúan las siguientes notificaciones: Nombre de la persona a notificar: | Área que notifica: | Documento a Notificar: | Fecha de publicación: | Representación Institucional. | Unidad de Transparencia. | OF. IMES/DG/UT-0045/2023.- CUMPLIMIENTO A SENTENCIA RECURSO DE REVISION 237/2022-3. | 14/01/2023.
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