Afiliación

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Tu afiliación a la Dirección de Pensiones es la llave y el primer paso ​para tener ​acceso a las prestaciones previstas en la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado.
​​​Requisitos de afiliación​
  1. Llenar hoja de Da​tos Personales (llenado en PC con fotografía tamaño infantil)​.
  2. Acta de Nacimiento del Derechohabiente (Original o Copia Certificada).
  3. Copia simple de Credencial de Elector,
  4. Copia de CURP.
  5. Copia de RFC o Constancia de Situación Fiscal.
  6. Copia de Tarjeta del I.M.S.S. con clave del Seguro Social visible.​​
  7. Copia del último recibo de pago (con cotización a pensiones).
  8. Copia de Nombramiento.
  9. Copia de Comprobante de Domicilio.
  10. ​Llenar los formatos de Pliego Testamentario y Designación de Deudos (presentar dos juegos llenados desde PC).
​​Pliego TestamentarioSe podrá nombrar a cualquier persona sin importar parentesco, ni edad.Designación de Deudos​Soltero/a: únicamente padres.Casado/a: cónyuge e hijos/as menores de 18 años; hijos e hijas ​con discapacidad ​​​física, intelectual y de desarrollo, sin límite de edad. ​​Acta de Nacimiento según Estado Civil:​Casado: Acta de Matrimonio y Nacimiento del cónyuge.Soltero: Acta de Nacimiento de los Padres.Viudez: Acta de Defunción del cónyuge.Separado: Acta testimonial ante Notario Público.Unión libre: Diligencias de Jurisdicción Voluntaria (a tramitar en un Juzgado de lo Familiar o bien en la Defensoría de Oficio) y Acta de Nacimiento de la concubina o concubinario.​Procedimiento
  • Se le notifica que datos y documentos necesita para la afiliación o reintegración de su expediente.
  • El Derechohabiente entrega los datos y documentos solicitados.
  • Se expide recibo de documentos que comprueba la entrega de los mismos.

El derechohabiente debe acudir a la Dirección General de Pensiones  a verificar el estado de su expediente.