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| Consiste en otorgar y elaborar préstamos a corto plazo y poder satisfacer de manera provisional las necesidades económicas de los derechohabientes pensionados y jubilados.
Requisitos - Copia fotostática de la credencial de Pensiones por ambos lados, actualizada.
- Copia fotostática del último talón de pago.
- Copia del estado de cuenta bancario completo (solo Banorte y/o BBVA) en donde se realiza el pago de su pensión.
Términos - El derechohabiente deberá presentar en la ventanilla de Préstamos a Corto Plazo copias de credencial de Pensiones, último recibo de nomina y carátula de estado de cuenta bancario.
- Se otorgará un monto máximo por la cantidad equivalente al monto de 4 meses del pago de pensión sin rebasar la cantidad de $200,000.00 incluyendo capital e intereses.
- El plazo máximo de recuperación del préstamo más intereses será de dos años.
- Los descuentos serán domiciliados a las cuentas de nómina de Banorte o BBVA, y será vía nómina.
- El interés será del 12% global anual.
- En caso de que el derechohabiente tenga activo un préstamo personal se descontará el saldo pendiente del préstamo a corto plazo (nuevo).
- No se otorgarán préstamos a pensiones por viudez y/o transmisoines por viudez.
- No se otorgarán préstamos personales.
En el caso de que los descuentos no sean efectuados por las oficinas pagadoras deberá en su caso depositar a las siguientes cuentas de Banorte a nombre de la Dirección de Pensiones del Estado:
Posteriormente entregar la ficha de depósito a su representante sindical y/o enviarlo por correo electrónico a la Dirección de Pensiones, pensiones_slp@outlook.com
- Nombre del derechohabiente.
- Cantidad pagada.
- Entregar en al área de Préstamos a Corto Plazo.
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