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Es una prestación a la que tienen derecho los trabajadores de conformidad con los artículos 4 fracción VII, 41 y 49 de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí, consistente en acceder a un crédito hipotecario con garantía hipotecaria en pri​​​mer lugar a favor de la Dirección de Pensiones, para los siguientes:

​​I.    Adquirir casa.
II.   Construir casa en terreno propio para vivienda del trabajador,
III.  Realizar mejoras o reparaciones a su casa habitación,
IV.  Redimir hipotecas que soporten tales inmuebles,
V.   Adquirir terreno para que el trabajador construya su casa habitación.
VI.  De liquidez, pago de deudas.​

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